5 de marzo de 2016


LA MEDIACIÓN Y LA AMIGABLE COMPOSICIÓN

Habitualmente  en las relaciones interpersonales se presentan diversos conflictos que tienen su origen en vínculos contractuales, los cuales pueden ser resueltos por sendas jurisdiccionales o alternas, dentro de estas últimas se encuentran los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, como los autocompositivos   Mediación  y los heterocompositvos  Arbitraje y Amigable Composición.



La mediación es vista como como una herramienta de solución en donde participa un tercero ajeno al conflicto con el fin de intervenir entre las partes, por medio de la evaluación de los intereses de ambos actores y sobre todo escuchando lo que cada uno exponen en el momento de la negociación con el fin de apoyar procedimentalmente el método para ayudar a las partes en el análisis del conflicto, busca la cooperación entre las partes, para obtener beneficios mutuos frente a los desajustes que cada uno tiene.  En este método se realiza un proceso voluntario en el que se ofrece la oportunidad a dos personas en conflicto que se reúnan con un tercero ajeno al conflicto, que puede ser particular o servidor público designado por el estado como mediador para hablar de su problema e intentar llegar a un acuerdo e intercambiar opiniones esta persona debe estar capacitado para asistir a casa una de las partes dentro del conflicto.
Los fines de la mediación son:
  • Reducir la hostilidad entre las partes
  • Comprensión necesidades del otro
  • Formulación de interrogantes para esclarecer: intereses, objetivos y necesidades del   juego
  • Formulación de propuestas
  • Promover proceso actitudinal
La Amigable composición es el método de la mezcla entre conciliación y arbitraje, este es un convenio plural mediante el cual las partes intervinientes en la relación jurídica, delegan la solución de sus discrepancias a uno o más terceros representantes, llamados amigables componedores.
Características
  • El amigable componedor puede ser uno o varios.
  • El amigable componedor debe ser abogado dependiendo de la clase de amigable composición que corresponda.
  • Su responsabilidad es civil - contractual
  • Cuando se trata de la amigable composición en derecho o de manera general, puede ser persona natural o jurídica.
  • Las partes lo nombran directamente.
  • Son autónomos. Están facultados para decidir el conflicto.
  • Para acudir a ella, debe ser por escrito.
  • La decisión termina en una transacción.
  • Tiene fuerza vinculante para las partes.

AMIGABLE COMPOSICIÓN
MEDIACIÓN
Heterocompositiva
Autocompositiva
Opera por la decisión
Opera por la voluntad
Acta de transacción
Acta de reparación
Particular
Servido público y particular
EFECTOS: Cosa juzgada, merito ejecutivo
EFECTOS: Restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición.

Bibliografia: 



SUMINISTRADO POR: MÓNICA ALEXANDRA MORENO NIETO
                                            ESTUDIANTE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL


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